Fuente: Resolución CD513


Artículo 57.- Evaluación de la Prevención de Riesgos del Trabajo

Para evaluar la Prevención de Riesgos del Trabajo, el empleador o el asegurado remitirá anualmente al Seguro General de Riesgos del Trabajo los siguientes índices reactivos:

  • Indice de frecuencia (IF)
  • Indice de gravedad (IG)
  • Tasa de riesgo (TR)

Las empresas o asegurados incluirán además los indicadores proactivos que consideren apropiados y necesarios para su acción en la prevención de riesgos laborales.

El reporte será remitido durante el mes de enero de cada año.

Cualquier información adicional le ayudamos con gusto, llamando al 3826866 o envíanos un mail a info@riesgoysalud.com


 

2 comentarios. Dejar nuevo

  • Por favor pyeden organizar
    Charlas sobre el tema

    Responder
    • Riesgo y Salud
      10 enero, 2018 11:53 am

      Por supuesto, podemos impartir las charlas de los temas que se deben cumplir ante el Ministerio de Trabajo:

      PROGRAMAS:

      PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES

      PREVENCIÓN DEL USO DE ALCOHOL Y DROGAS:

      Capacitación en Salud
      • Prevención del VIH / SIDA
      • Prevención de enfermedades de transmisión sexual, Salud reproductiva.

      • Prevención uso de alcohol y drogas
      • Violencia psicológica.

      DURACION: 4 HORAS

      Capacitación en Seguridad
      • Brigadas de emergencia: Primeros Auxilios
      • Prevención de Incendios – Uso de Extintores

      DURACION: 6 HORAS

      Y de acuerdo a la actividad de la empresa y la necesidad de la misma podemos impartir otros temas.

      Responder

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