Fuente: MDT


Hasta el  mes de noviembre de 2019 todas las empresas: personas naturales y jurídicas, deben cumplir con las siguientes obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Empresas de 10 trabajadores en adelante:

  1. Conformación de Comités Paritarios de SSO.
  2. Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.
  3. Programa de Prevención de Uso y Consumo de Drogas.
  4. Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales.
  5. Matriz de Riesgos.
  6. Identificación, Evaluación y Valoración de Riesgos Laborales.
  7. Inducción y Adiestramiento en los puestos de trabajo.
  8. Registro de Técnico Responsable de SSO.
  9. Registro de Médico Responsable de SSO.
  10. Declaración y Plan de Acción de Riesgos Laborales.
  11. Plan de Capacitación 2019.
  12. Plan  de Vigilancia de Salud.
  13. Programa de Prevención de Amenazas Naturales y Riesgos de tipo Antrópico.
  14. Plan de Emergencias y Contingencias.

Empresa de 1 a 9 trabajadores:

  1. Registro Técnico Responsable de SSO.
  2. Registro de Médico Responsable de SSO.
  3. Declaración y Plan de Acción de Riesgos Laborales.
  4. Plan de Capacitaciones 2019.
  5. Plan de Vigilancia de la Salud.
  6. Programa de Prevención de Amenazas Naturales y Riesgos de Tipo Antrópico.

 

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