Fuente: MDT
Hasta el mes de noviembre de 2019 todas las empresas: personas naturales y jurídicas, deben cumplir con las siguientes obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Empresas de 10 trabajadores en adelante:
- Conformación de Comités Paritarios de SSO.
- Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.
- Programa de Prevención de Uso y Consumo de Drogas.
- Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales.
- Matriz de Riesgos.
- Identificación, Evaluación y Valoración de Riesgos Laborales.
- Inducción y Adiestramiento en los puestos de trabajo.
- Registro de Técnico Responsable de SSO.
- Registro de Médico Responsable de SSO.
- Declaración y Plan de Acción de Riesgos Laborales.
- Plan de Capacitación 2019.
- Plan de Vigilancia de Salud.
- Programa de Prevención de Amenazas Naturales y Riesgos de tipo Antrópico.
- Plan de Emergencias y Contingencias.
Empresa de 1 a 9 trabajadores:
- Registro Técnico Responsable de SSO.
- Registro de Médico Responsable de SSO.
- Declaración y Plan de Acción de Riesgos Laborales.
- Plan de Capacitaciones 2019.
- Plan de Vigilancia de la Salud.
- Programa de Prevención de Amenazas Naturales y Riesgos de Tipo Antrópico.